domingo, 10 de noviembre de 2013

El atentado socialista contra el general Bosch: detención, juicio y ejecución de Fabián Alonso González

Fabián Alonso González nació en La Coruña el 7 de enero de 1914 y falleció en la misma ciudad, tras sentencia dictada por unanimidad en consejo de guerra que lo condenó a muerte, a las siete horas del día 22 de febrero de 1937. Contaba, pues, 23 años. Perito mercantil, debió estudiar en la Escuela de Comercio de su ciudad natal aunque no ejercía, encontrándose al frente de ese local que aparece en la imagen, hoy número 3 de la Rúa Alta, y en 1936, número 1, ocupado por el bar Sport. Se trataba del establecimiento de su padre, que por su inmediatez a la Casa del Pueblo de la Federación Local Obrera, en donde además de los diversos sindicatos, quiero recordar que también tenía su sede el PSOE, era un local en el que había frecuentes reuniones de extremistas. Tanto por los estudios que realizó, por ser hijo maragato, siempre trabajadores e industriosos, como por ser inhumado en un nicho y no en tierra, no parece que perteneciese a una familia de las más desfavorecidas de aquella época. Lamela (p. 140), sin citar la fuente de la que se informa, lo hace comunista, y en las notas que veréis más abajo consta por sus declaraciones e informes policiales que estaba afiliado a la Agrupación Socialista siendo un miembro destacado de las JJ SS. Bien es verdad que a la altura de 1936 las diferencias entre un comunista y un joven socialista eran escasas, como cualquiera puede constatar si lee su órgano, Renovación, en donde bebían los vientos por un régimen soviético; similitud entre comunistas y jóvenes socialistas que se evidencia asimismo en el hecho de que al comenzar la guerra, las JJ SS ingresasen en masa en el PCE, caso del finado Sr. marqués de Paracuellos y tantos otros, pero esta similitud no significa que Fabián Alonso militase en las filas del comunismo.

DETENCIÓN

Con ocasión de ser detenidos en Corvite (Guitiriz) los de la Lejía y subsiguiente atestado que instruyó el popular sargento de la Guardia Civil, Manuel Santos Otero, preguntó este a France García García qué sabía del atentado cometido contra el general Bosch. Manifestó que nada le constaba aunque había oído decir que se culpaba a su hermano Bébel y a Enrique Pena Vila. Hecha la misma pregunta a Bébel, indicó que el día que se produjo el atentado se encontraba en su domicilio cuando fue requerido por Pena Vila y Fabián Alonso para consumar el asesinato, aunque se lo ocultaron hasta llegar al Cantón, en donde compraron una barrita de nitrato de plata, según le dijeron, para pintarle las letras UHP al general, en la cara u otra parte de su cuerpo. Ya en el Hotel de Francia, subieron a disparar al general Enrique Pena Vila y Fabián Alonso González. En declaración que rindieron Bébel y France ante el juez militar que instruyó su causa, que lo era el capitán de Infantería Ignacio Olavide Torres, se desdijeron de lo manifestado ante la Guardia Civil, señalando que lo habían dicho por temor a que los maltratasen. Como quiera que las personas y hechos que citaron en su declaración ante la Guardia Civil como integrantes del comité que organizó en el Gobierno Civil la rebeldía contra los militares alzados, coinciden en líneas generales con los que señala el concejal huido, Martín Ferreiro Álvalrez; como además en la declaración de Bébel ante el sargento Santos aparece tachada la palabra batiéndose (que estuvo batiéndose en unas barricadas) por habérselo exigido, y el sargento accedió, según consta del careo al que sometió a ambos el capitán Olavide, no parece probable que Bébel fuese ablandado para obtener su declaración; y si nombró a Fabián Alonso y dio otros nombres fue porque quiso, tal vez con temor a que le sacasen el polvo de la ropa, lo que no significa que se hiciese.

Como consecuencia de la declaración de Bébel García, la Guardia Civil practicó un registro en la vivienda de Fabián Alonso González, aunque no lo encontró. Al saber que se le buscaba, se presentó en el cuartel de la Guardia Civil entregando la pistola que usaba, y quedó detenido. De nuevo el sargento Santos instruyó un atestado en el que Fabián Alonso declaró que una noche al cerrar el bar se encontró en el Cantón Grande con Bébel García y Pena Vila, quienes le propusieron ir a pintarle unas letras en la cara al general Bosch. A tal fin, sus compañeros le pidieron una peseta con la que el propio Fabián compró una barrita de nitrato de plata en la farmacia de Vigil, y se dirigieron al hotel. Ya allí, manifestó que Bébel se quedó en la puerta mientras él subió con Pena Vila, que fue quien disparó sobre el general Bosch, disparo que se hizo precisamente con la pistola de su propiedad.

En otro orden de cosas, y por lo que se refiere a su actuación en lo que atañe a la rebelión contra los militares dirigida por el gobernador civil, dijo al mismo sargento Santos que la noche del sábado 18 de julio, tras haber tocado las sirenas de los barcos, fue al Gobierno Civil al salir de trabajar en el bar, habiendo hablado con Bébel y otros que el pueblo tenía que prepararse para salir a la calle porque se tramaba un movimiento militar. Ya de día, se retiró a su domicilio, volviendo al Gobierno Civil durante la noche del domingo, y allí estuvo hasta el amanecer del lunes. Como se acostó tan tarde permaneció en cama el lunes hasta las cuatro de la tarde, habiendo oído los disparos en las calles desde las dos, sin que saliese ni hiciese nada.... Algo o mucho de inverosímil tiene para mí que un individuo que usaba pistola, que participa en el atentado contra el general Bosch, que acude durante dos noches seguidas al Gobierno Civil, preocupado por el movimiento militar en ciernes, cuando estalla, resulta que se queda en cama y no hace nada.

JUICIO

Tras el atestado del sargento Santos, se hizo cargo de la instrucción el juez militar permanente de La Coruña, comandante de Infantería Carlos Mauriz Barcia, ejerciendo al principio como secretario el mencionado capitán Olavide. El juez Mauriz oyó a Fabián Alonso, quien se desdijo de forma parcial de sus manifestaciones hechas ante la Guardia Civil, que hizo según manifestó en un estado de nerviosismo al verse por primera vez detenido en un cuartel de la Guardia Civil. En su declaración ante el juez indicó que Bébel le pidió dinero, que se lo dio, no sabiendo a donde fue, pero que les dio alcance a la altura del Banco Pastor en donde además le pidió la pistola. Ya en el Hotel, subirían a cometer el atentado Bébel y France --que cuando realizó esta declaración ya no se encontraban en el mundo de los vivos, pudiendo acusarlos de lo que fuere, que ni se podían defender, ni exigirles responsabilidad por el hecho-- quedando a la puerta el mismo Fabián Alonso y Pena Vila --este último aún no detenido y al que con inteligencia podría estar protegiendo de la responsabilidad en la que pudo incurrir. Por lo que se refiere a su actuación durante los días en los que se fraguó y estalló la rebelión en La Coruña, dijo al juez militar que en realidad él sólo fue al Gobierno Civil dos o tres veces y por la mañana, porque estaba gestionando un permiso para que le dejasen abrir el bar de su padre hasta más tarde... También indicó que acudió a sus inmediaciones las noches del 18 y 19 de julio, pero anduvo solo por las calles, sin entrar en el edificio, viendo a Bébel y a Pena Vila, pero no habló con ellos y sólo los saludo... Como la noche del domingo se acostó al amanecer, estuvo en cama hasta las cuatro de la tarde del lunes, hora en la que oyó los disparos y no salió de casa ni hizo nada... En mi opinión, inverosímil.

TESTIMONIO DEL ORDENANZA DEL JUZGADO MILITAR

Durante el proceso de instrucción se tomó declaración al ordenanza del juzgado militar quien declaró que poseía unas notas según las cuales sobre las 4 de mañana del 19 de abril recibió una llamada de alguien que se identificó como funcionario de la Comisaría. Este le preguntó si al día siguiente se celebraba consejo de guerra, y si era de oficiales generales; que se apurase a facilitar la información porque era para un informe que pedía el Gobierno con urgencia. El soldado ordenanza se llamaba Antonio Pérez Álvarez, y comunicó a su interlocutor que él no podía consultar documentación, pero preguntaría al oficial de guardia por si sabía algo. Cuando pidió a quien le llamaba que le dejase el número de teléfono, este repuso que no era preciso, que fuese a ver al oficial sin colgar el teléfono. Al soldado le sorprendió esta respuesta e insistió en saber desde qué teléfono se le llamaba, pues tenía que colgar para comunicar con el oficial de guardia. Se avino el interlocutor a facilitarle su teléfono, que era el 2636. Tras hacer las gestiones con el oficial de guardia, resultó que este no sabía nada. Llamó el soldado al número que le habían facilitado y comunicó al supuesto funcionario policial que el oficial de guardia no sabía nada y no podía complacerle. El supuesto policía lo amenazó con una sanción al no facilitar la información requerida. Como al ordenanza le sorprendió la dificultad que tuvo para obtener el número desde donde le llamaban, consultó el listín de uso en el juzgado, comprobando que el 2636 no se correspondía con el número de comisaría; llamó a esta y allí nadie se había comunicado con el juzgado. El chico tuvo intención de proporcionar estos datos en abril, cuando comenzaba a instruirse la causa, pero le facilitaron un permiso, se fue a su pueblo, a Sober en Lugo, y cuando volvió se encontró conque se había producido el sobreseimiento de las actuaciones. Tras esta declaración del soldado se preguntó a la Telefónica quien era el titular del número 2636 y resultó que el 19 de abril y en agosto de 1936 estaba asignado al bar Sport.

Me gustaría destacar que el atentado contra el general Bosch se desarrolló en las primeras horas del 18 de abril, no del 19. Este último día fue cuando se produjo el pronunciamiento fallido, de los generales católicos, centrífugo, o como se quiera llamar, con salida de las tropas de la Guardia Civil a las calles de La Coruña por unas breves horas. La comunicación telefónica se da en el sumario como producida el mismo día del atentado. Pudo haber una confusión al escribir en la declaración del ordenanza un 19 cuando se quería anotar 18, o pudo producirse un día más tarde y estar relacionada con el primer alzamiento. También cabe la posibilidad de pensar en una declaración fraudulenta, en una fábula, pero yo no lo creo porque habiéndose declarado Fabián Alonso copartícipe del atentado, tanto en su declaración ante la Guardia Civil como ante juzgado --algo que no desmintió su defensor ante el consejo de guerra-- el posible fraude no serviría para achacarle una responsabilidad distinta de la que había confesado.

TESTIMONIO DEL POLICÍA FERNANDO FREIRE GAGO

Durante el proceso de instrucción también depuso el agente de Vigilancia, Fernando Freire Gago, quien manifestó que al salir de servicio en el Gobierno Civil, la noche en que se produjo el atentado contra el general Bosch, se encontró charlando en la esquina de la calle Real a France García, Enrique Pena Vila, Juan Martínez Fontenla y Félix Gila Esteban, todos socialistas. El policía anduvo calle Real abajo hasta el café Marineda, en donde hoy está el Vecchio, y al poco de estar allí entraron France y Martínez Fontenla, que se dirigieron al teléfono manteniendo una conversación corta. Al día siguiente se enteró del atentado y por la descripción del sereno del hotel pensó en los anteriores, pero no tomó iniciativa alguna en vista, según dijo, de que las circunstancias políticas no lo aconsejaban, toda vez que las autoridades civiles no demostraban interés alguno en su conocimiento. Es posible que el policía fuese testigo de los hechos que relató al juzgado militar porque como veremos acierta de pleno en cuanto a los autores, pero también entra dentro de lo posible que recibiese confidencias del hosteleros, de algún sereno, o de personas en general que no estaban dispuestas a reconocer en una declaración judicial o ante un consejo de guerra lo que habían visto, por las consecuencias que traería a los denunciados y sobre todo las posibles represalias y malos gestos a los que podrían estar sometidos. Esto por no considerar la posibilidad de una delación por parte de alguno de los participantes en el atentado, que a cambio la confidencia se le pudo dejar huir, que casos como este también se pueden documentar.

EJECUCIÓN

Elevadas las actuaciones a plenario, se designó defensor del procesado al capitán de Infantería Juan Liñares Lamela, que hizo lo que pudo en aquellas circunstancias. Como la casa en la que estaba el Sport era propiedad de la familia Gila Lamela, apunto la posibilidad de que el capitán Liñares Lamela tuviese algún parentesco con esta familia. Redactó las conclusiones definitivas de la Fiscalía Jurídico Militar el teniente auditor de primera, Joaquín Otero Goyanes, hombre de un monarquismo acendrado, no menos que sus convicciones religiosas, quien vio en los varios delitos de que se acusaba a Fabián Alonso distintas facetas de una sola personalidad rebelde por la que se le debía exigir la correspondiente responsabilidad. Como poseía unos antecedentes revolucionarios, solicitó del tribunal que le apreciase la agravante de perversidad. El consejo de guerra se celebró al fin en el salón de actos del cuartel de Atocha el 29 de enero de 1937, leyendo estas conclusiones de la fiscalía el alférez honorario del Cuerpo Jurídico Militar, Manuel María Puga Ramón, que pidió, en nombre de la Ley, la pena de muerte para el procesado como autor responsable de un delito de rebelión con agravante de perversidad. El consejo aceptó el criterio fiscal y sin votos discrepantes pronunció la sentencia. Ejerció como vocal ponente el capitán honorífico del mismo Cuerpo, Ramón Rivero de Aguilar.

Reunido el consejo para deliberar, acordaron por unanimidad, como digo, imponer la pena de muerte al procesado. Aprobada la sentencia por el general jefe de la División previo dictamen del auditor que así lo aconsejó, se suspendió la ejecución hasta tanto no se recibiese de Burgos el enterado de la Junta de Defensa Nacional, o la conmutación. La Junta se enteró de la pena impuesta. A las cuatro de la mañana del 22 de febrero el juez Mauriz asistido de su secretario se trasladó a la Prisión Provincial, en donde este notificó al condenado la sentencia, decreto de aprobación y dictamen del auditor. Acto seguido el reo fue trasladado al lugar habilitado en la prisión para capilla haciéndole presente el juez que podía pedir los auxilios que precisase. Estuvo en capilla hasta las siete de la mañana en que fue trasladado a las inmediaciones del polvorín de Dormideras (Campo de la Rata), en donde, una vez hecha la descarga, el médico Carlos Miranda y González del Valle, certificó la defunción.

Si Fabián Alonso no fuese delatado por Bébel; si no se hubiese presentado con tanta diligencia en el cuartel de la Guardia Civil en los primeros días del conflicto, con las pasiones desatadas como estaban, con lo impensable que resulta considerar que en ese contexto se templasen gaitas con terroristas, máxime con las noticias relacionadas con crímenes y desmanes de todo tipo cometidos por correligionarios de Fabián Alonso que se recibían en zona nacional, es seguro que no hubiese sido ejecutado, entrando como entraba en los grupos marcados por el decreto de 25 de enero de 1940 en lo que a conmutación de penas se refiere. No digo que no le hubiesen exigido responsabilidad por su participación en el atentado contra general Bosch, pero esta conllevaría una pena de prisión y no la capital, como ocurrió en los casos de Enrique Pena Vila y Félix Gila pese a que al primero se le condenó a muerte, pena que como veremos se le conmutó, incluso pese a haber sido acusado de ser el autor material del disparo contra el general Bosch.

Mis notas.


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